jueves, 29 de noviembre de 2012

POT planificacion territorial

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Conceptos básicos (1) from gestionambientalpi


Preguntas Frecuentes

¿Cómo se reglamenta el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá (POT)?

El POT definió tres tipos de instrumentos para su reglamentación: los instrumentos de planeación,  financiación y gestión. Como su nombre lo indica, los primeros se encargan de definir las políticas y las normas en torno a la planeación del territorio, los de financiación y gestión sirven para costear económicamente y hacer posible el desarrollo urbano. Todos ellos se deben poner a disposición de los habitantes y del territorio, bajo principios constitucionales  de equidad, función social e interés general.
Los instrumentos de planeación se jerarquizan según sus propósitos, su escala y el ámbito que regulan, y se clasifican así: 


Fuente: Secretaría Distrital de Planeación.
Elaborado por: Dirección de Proyectos y Gestión Urbana, CCB- 2008


¿Además del Plan de Ordenamiento Territorial, que otras normas urbanísticas rigen para Bogotá?

El POT necesita ser reglamentado a través de los Planes Maestros, los Planes Zonales y otros instrumentos de planeación, pero especialmente son las Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ) las que complementan y precisan la norma urbanística del Plan de Ordenamiento. Sin embargo, debido a la heterogeneidad de la ciudad, no toda se debe reglamentar a través de UPZ; cerca del 20% del suelo urbano de Bogotá debe reglamentarse a través de Planes Parciales o en su defecto bajo lo dispuesto en el decreto 327 de 2004.

¿Qué son los Planes Maestros?
Son instrumentos de planeamiento señalados en el POT que se encargan de definir los sistemas más importantes de la ciudad y que hacen posible su funcionamiento. Estos sistemas son: Movilidad y estacionamientos, Espacio Público, Equipamientos Colectivos y Servicios Públicos Domiciliarios.
Los Planes Maestros nos permiten también planear las obras y orientar los recursos públicos y privados para que las inversiones estén  más acordes con los problemas y oportunidades que presenta la ciudad en el mediano y largo plazo.  El Ex Alcalde Mayor, aprobó los Planes Maestros para el Distrito Capital (17 en total) en septiembre de 2006, y se pueden consultar en la página Web de la Secretaría Distrital de Planeación: www.sdp.gov.co.
¿Qué son los Planes Zonales?
En Bogotá existen zonas especiales por su tamaño, condición o localización y estratégicas para el funcionamiento urbano y regional. En estas áreas se deben precisar ciertas condiciones particulares de ordenamiento sobre los principales sistemas de la ciudad así como algunos criterios para ordenar los usos del suelo y las formas de ocuparlo y aprovecharlo. El POT definió 5 zonas en la ciudad que necesitarían un instrumento de planificación intermedio que denominó ?Planes Zonales?, esas zonas son: Usme, Zona para la expansión del Norte, Centro, Aeropuerto el Dorado y Puente Aranda. 
¿Qué son las Unidades de Planeamiento Zonal-  (UPZ)
Las UPZ son instrumentos de planeamiento que establecen la reglamentación urbanística para un conjunto de barrios que presentan características comunes en su desarrollo urbanístico, así como en sus usos y actividades predominantes. Su objetivo  es precisar y complementar la norma urbana de la ciudad desde una escala más local y con participación de  la ciudadanía.  Si quiere conocer más sobre UPZ, consulte la página Webwww.sdp.gov.co
¿Qué son los Planes Parciales?
Son instrumentos de planeamiento y de gestión del suelo mediante los cuales se establece la reglamentación urbanística para áreas de la ciudad o en áreas de expansión urbana mayores a 10 hectáreas que no hayan sido urbanizadas, es decir que no cuenten con vías, ni redes de servicios públicos domiciliarios. Este instrumento debe garantizar la distribución de las cargas y los beneficios que son propios del proceso de urbanización, de tal forma que todos los participantes del plan parcial ganen en igual proporción los beneficios del desarrollo urbano.
¿Qué son los Planes de Reordenamiento?
Son normas que regulan las condiciones especiales para la localización de proyectos de uso dotacional, es decir: centros de educación, salud, cultura, recreación, entre otros, y  la adquisición de predios por parte del Distrito Capital para su destinación al uso público.
Además de las normas urbanísticas específicas para estos proyectos, los planes de reordenamiento, deben incluir los instrumentos de gestión  y de financiación  necesarios para garantizar su ejecución.
¿Qué son los Planes Directores para Parques?
Son instrumentos de planeamiento definidos en el POT que se aplican a los parques regionales, metropolitanos, urbanos o zonales del Distrito para garantizar que su funcionamiento y servicio ambiental, económico y social cumpla con los propósitos del POT.

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